Sobreseimiento en materia penal y civil

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En ocasiones hemos escuchado en determinados casos mediáticos la palabra sobreseimiento, quizás sin tener muy claro cuál es su significado. Si quieres saber qué es sobreseimiento y qué tipos hay, este artículo te interesa. 

¿Qué es el sobreseimiento y cuáles son sus características?

El sobreseimiento es un tipo de resolución judicial por la cual un juez o tribunal pone término a un proceso debido a la inexistencia de delito o responsabilidad del inculpado o por falta de pruebas. Puede consistir en la suspensión o la finalización del proceso mediante auto. 

Como consecuencia del sobreseimiento el juez no entra a valorar el fondo del asunto o deja de hacerlo, por lo que el tema no ha sido juzgado y podrá ser reabierto más adelante. 

Además, el auto de sobreseimiento puede ser recurrido. 

El sobreseimiento en España se encuentra regulado entre los artículos 634 a 648 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Por lo tanto, las características del sobreseimiento son:

  • Se archiva el caso sin sentencia y sin resolución del fondo del asunto.
  • No hay condenados.
  • Se dicta por el tribunal encargado de enjuiciar el caso.
  • Es posible su solicitud a instancia de parte.
  • Es habitual en los procesos penales.

Tipos de sobreseimiento

Dentro de las resoluciones de sobreseimiento podemos encontrar principalmente cuatro tipos:

  1. Sobreseimiento libre. Se produce cuando no hay un delito tipificado en relación con los actos que se están juzgando, teniendo las mismas consecuencias que una sentencia absolutoria. En este caso no podrá reabrirse un proceso sobre el mismo hecho y contra el mismo acusado, ya que se producen efectos de cosa juzgada.
  2. Sobreseimiento provisional. Ocurre cuando no existen pruebas de la comisión de un delito, siendo las consecuencias similares a una suspensión y pudiendo reabrirse si se hallan pruebas, ya que no produce efectos de cosa juzgada. 
  3. Sobreseimiento total. Se da cuando existen varios acusados y no se encuentra delito tipificado en los actos cometidos ni pruebas de la comisión de ningún delito. 
  4. Sobreseimiento parcial. Se dicta este tipo de sobreseimiento cuando hay varios acusados y solo puede probarse la irresponsabilidad penal de uno de ellos debido a la falta de pruebas o a que sus altos no se corresponden con ningún delito tipificado. El proceso continuará con el resto de acusados. 
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Sobreseimiento penal

Los casos típicos de sobreseimiento son los que se dan de forma habitual en el derecho penal. 

Cuando el juez dicta auto de sobreseimiento no se resuelve la causa enjuiciada debido a que el juez no entra a valorar el fondo del asunto. Es posible la reapertura del juicio sobre el mismo culpable, ya que no produce efecto de cosa juzgada. 

Los motivos por los que el juez o tribunal procederá a resolver sobreseimiento son: 

  1. La inexistencia de indicios racionales de que el hecho por el que se ha iniciado el proceso se ha llevado a cabo. 
  2. Si, aunque se pruebe que el hecho se ha cometido, este no constituye delito tipificado
  3. Si los autores, cómplices y encubridores finalmente aparecen exentos de responsabilidad por los hechos acaecidos. 

Podrá solicitar el sobreseimiento penal el Ministerio Fiscal. En caso de que así fuera, se le hará saber a los interesados para que comparezcan a defender su acción. En caso de que no lo hicieran, el Tribunal acordará el sobreseimiento. 

Sobreseimiento civil

Aunque el sobreseimiento es más habitual en el derecho penal, en el derecho civil es utilizado para determinadas actuaciones. 

Al igual que en el sobreseimiento penal no se soluciona el conflicto, no produce efectos de cosa juzgada. Por lo tanto, podrá reabrirse el caso más adelante.

Los motivos para los que se puede dictar sobreseimiento en el ámbito civil son:

  1. Existencia de un defecto formal no subsanado por la parte recurrida. 
  2. Ninguna de las partes ha acudido a la comparecencia del juicio
  3. Defecto en la presentación de la demanda con carácter insubsanable. 

Como hemos visto, el sobreseimiento es la resolución de un juez o tribunal por el que se suspende o se da por finalizado un proceso debido a la inexistencia de delito o a la falta de pruebas, sin entrar en el asunto juzgado ni dictar sentencia al respecto. Aunque suele darse de forma más habitual en el derecho penal, también puede darse en el derecho civil. Existen cuatro tipos de sobreseimiento: libre, provisional, total y parcial.

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